COMUNICATE

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HISTORIA

De la Paritaria
Docente

PARITARIAS
NACIONALES

PARITARIAS
PROVINCIALES

PREGUNTAS FRECUENTES

MANUAL DE LA DELEGADA
Y EL DELEGADO
SINDICAL

LEGISLACIÓN

Constitución Nacional

Ley de Educación Nacional (N° 26.206) 
Establece como política nacional tener una educación de calidad, gratuita, integral y con igualdad de oportunidades, entre otras cuestiones. 

Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744) 
Regula todo lo referido a los contratos de trabajo en nuestro país y los derechos y deberes de empleadores y trabajadores. 

Decreto 144/2022 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) 
 Establece que en los establecimientos educativos donde presten tareas 100 personas o más, independientemente de las modalidades de contratación, deberán ofrecer espacios de cuidado para niñas y niños de entre 45 días y 3 años, que estén a cargo de las trabajadoras o trabajadores durante su jornada laboral.  

En caso de no contar con un espacio, la empleadora/empleador deberá abonar mensualmente una suma no remunerativa en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidado de personas, debidamente documentados. 

Ley Nacional del Sistema de Jubilaciones y Pensiones (N° 24.241) 
Crea el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, encargado de cubrir las contingencias de vejez, invalidez y muerte. 

Jubilación docente: Ley 24016 y decreto 137/2005.  

Vigentes en las provincias de Buenos Aires (Ley 14.408) y Santa (Ley 12.913), las normas contemplan la creación de órganos paritarios y colegiados de participación en los establecimientos educativos, que tienen como fin implementar medidas de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.  

Ley de Asociaciones Sindicales (N° 23.551) 
Establece los derechos sindicales de las y los trabajadores y de las asociaciones sindicales, así como las obligaciones de estas últimas y su actividad. 

Decreto Reglamentario de la Ley de Asociaciones Sindicales (N° 467/88)
Reglamenta lo que concierne a la afiliación de las y los trabajadores a una organización sindical. 

Estatuto del Personal Docente de Establecimientos Privados de Enseñanza (Ley N° 13.047)
Regula las relaciones entre los establecimientos privados de enseñanza con las y los trabajadores y el Estado. 

Articulación, Financiamiento y Modalidades de Contratación del Personal Docente (Resolución N° 8/2013 del Consejo Gremial de Enseñanza Privada) 
Establece el contrato de trabajo por tiempo indeterminado como la forma de contratación del personal docente, y regula las otras formas posibles. 

Comisión Negociadora de la Enseñanza Privada (CONEP), Reconocimiento Sindical, Registración de los Contratos a Plazo Determinado, Estabilidad del Aporte Estatal (Resolución N° 1/14 del Consejo Gremial de Enseñanza Privada) 
Establece a la CONEP como ámbito natural de negociación entre los gremios de la enseñanza privada y las patronales; reconoce a SADOP como entidad representativa del colectivo de trabajadoras y trabajadores docentes de establecimientos de enseñanza de gestión privada; dispone los criterios de registración de los contratos a plazo determinado y se deja constancia de que la estabilidad del aporte estatal constituye una prioridad para el sostenimiento de la educación pública de gestión privada y que, ante cualquier amenaza de alteración a dicha estabilidad, se procederá a realizar las acciones que resulten necesarias para restablecer dicho aporte. 

Registro histórico de normas que modifican la Ley de Estatuto del Personal Docente  
Registro y acceso a todas las normas que han modificado la Ley del Estatuto del Personal Docente. 

Ley de Educación Nacional (N° 26.206) 
Sancionada el 14 de diciembre de 2006, otorga al Estado Nacional la responsabilidad indelegable de proveer educación y fijar la política educativa; establece la obligatoriedad de la enseñanza desde sala de 5 hasta el último año de la Secundaria, y retoma la estructura, unificada y a la vez federal, del Sistema Educativo Nacional. 

Ley de 180 días de clase y de Garantía del Salario Docente (25.864) 
Fija un ciclo lectivo con un piso de 180 días de clase. Además, establece que el Gobierno nacional asistirá a las provincias que no puedan cumplir con el pago de los salarios docentes.  

Ley de Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID – N° 25.053
Sancionada en 1999, la normativa dispuso la creación del Fondo Nacional de Incentivo Docente, financiado con un impuesto de emergencia vigente durante el término de cinco años. Su asignación específica fue el mejoramiento de la retribución de los docentes. 

Prórroga de la Ley de Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID – N° 25.019) 
Una vez caducada la vigencia del impuesto de emergencia destinado al FONID, se fijó su prórroga a partir de enero de 2004 por el término de cinco años o hasta la aprobación de una Ley de Financiamiento Educativo Integral.  

Ley de Educación Técnico-Profesional (N° 26.058) 
Regula y ordena la enseñanza técnica de los niveles Secundario, Superior y Formación Profesional en todo el territorio nacional para capacitar a los y las estudiantes en competencias básicas para que se inserten en ámbitos económico-productivos o continúen estudiando. 

Ley de Financiamiento Educativo (N° 26.075) 
Promulgada en 2006, estableció una suba escalonada del Presupuesto para Educación, Ciencia y Tecnología desde el 4% del Producto Bruto Interno (PBI) en 2006, al 6% en 2010. También contempló la creación del Programa Nacional de Compensación Salarial Docente. 

Ley Nacional de Educación Sexual Integral (N° 26.150) 
Todas y todos los alumnos tienen derecho a recibir información pertinente, precisa, confiable y actualizada sobre Educación Sexual Integral (ESI), en todos los establecimientos educativos del país.  

Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (N° 26.061) 
Establece el derecho de las niñas, niños y adolescentes a la atención integral de su salud, a recibir la asistencia médica necesaria y a acceder en igualdad de oportunidades a los servicios de salud. Los reconoce, también, como sujetos de derechos y ciudadanos plenos.  

Convenio 190 de la OIT – Sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo 
Con jerarquía constitucional, es decir, superior a una ley nacional, este convenio se refiere a las situaciones de violencia y acoso que ocurran durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo. 

Ley de Protección Integral a las Mujeres (N° 26.485) 
Refiere a la protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, en todas sus formas: física, psicológica, sexual, económica y patrimonial y simbólica. 

Ley de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (N° 26.061) 
Establece los derechos de las niñas, niños y adolescentes en nuestro país y distintas disposiciones tendientes a garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de los mismos. 

Ley de Penalización de Actos Discriminatorios (N° 23592) 
Adopta medidas para quienes arbitrariamente impidan el pleno ejercicio de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, especialmente cuando se trate de actos u omisiones  discriminatorios por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o cualidades físicas. 

Modificación del Código Penal sobre Acciones Dependientes de Instancia Privada (Ley 27455)
Modifica el Código Penal y establece que el abuso sexual infantil deja de ser un delito de instancia privada y pasa a ser de acción pública, lo que significa que cualquiera que tenga conocimiento o sospecha de un caso de abuso sexual infantil puede realizar la denuncia correspondiente y el Estado tendrá la obligación de investigar. 

Ley de Penalización de los Delitos Contra la Integridad Sexual y Grooming (N° 26.904) 
Incorpora en el Código Penal el delito cometido por quien, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.